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viernes, abril 19, 2024

Acusan JCE de transgredir seguridad jurídica al prohibir actos proselitistas

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Santo Domingo,  El abogado Namphi Rodríguez afirmó hoy que la Junta Central Electoral (JCE) no sólo se ha contradicho, sino que ha transgredido los principios de «confianza legítima, buena fe y seguridad jurídica», al prohibir las actividades proselitistas de cara a las elecciones de 2020.

El catedrático de Derecho Constitucional consideró, en un comunicado, que el órgano electoral «actuó sin base legal para prohibir derechos fundamentales como las libertades de expresión y de reunión en el contexto de una precampaña política».

Rodríguez dijo que el presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, «no se ha percatado de que la potestad administrativa de ordenación de las actividades de los partidos y candidatos debe ser compatible con el principio democrático de legalidad y el respeto a la reserva de ley orgánica que la Constitución prevé para limitar los derechos fundamentales.»

Adujo que la Ley sobre régimen electoral otorga el poder de «policía administrativa» a la JCE, pero para ser ejercido solamente durante los períodos electorales que se proclaman tres meses antes de las elecciones.

A su entender, Castaños Guzmán «olvida que ese órgano está sujeto al ordenamiento jurídico general y, muy especialmente, al principio de supremacía constitucional que dispone la sujeción de los poderes y órganos públicos a la Carta Magna.»

De este modo, la Constitución excluye la posibilidad de que un órgano autónomo como la JCE pueda actuar administrativamente contra la ley y adoptar decisiones públicas al margen de los principios constitucionales, apuntó.

«Cuando el ordenamiento jurídico concede potestades administrativas exorbitantes a la JCE para limitar las actividades de los particulares, lo hace sobre el fundamento de que existe una previa habilitación normativa que dimana de los representantes de la soberanía popular; es decir, del Congreso», afirmó.

En este caso, «para la precampaña política no hay una ley que faculte a la Junta para tal prohibición, por lo que la JCE incurre en excesos y abusos contra los ciudadanos y los actores del sistema político», dijo Rodríguez.

También se refirió a la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, que dispone que «toda la actuación administrativa se somete plenamente al ordenamiento jurídico del Estado, cosa que no ha ocurrido con el comunicado de la JCE.»

La misma ley contempla el principio de buena fe, en cuya virtud «las autoridades y los particulares presumirán el comportamiento legal de unos y de otros en el ejercicio de sus competencias, derechos y deberes».

Rodríguez formuló un llamamiento a los titulares de la JCE a ser más reflexivos y evitar entrar en disputas legales con organizaciones y candidatos fuera del período electoral y concluyó que lo más pertinente es que deje los aspectos de la precampaña a la Ley de Partidos que se discute en el Congreso.

Esta semana se presentaron dos recursos de amparo, uno ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) y otro ante el Tribunal Superior Electoral (TSE), contra la resolución de la JCE del 20 de junio donde llamó a los aspirantes a cargos electorales a suspender, en un plazo de cinco días, todas sus actividades que incluyan marchas o caravanas, así como la colocación de propagandas en medios de comunicación. EFE

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